Las causas penales por contrabando o por el régimen penal cambiario las lleva el área de Derecho penal económico.

Una importación, un cobro del exterior o una inversión bursátil combinan reglas aduaneras, cambiarias, impositivas y de prevención de lavado. Las revisamos juntas, con el mismo equipo que trabaja la debida diligencia y el origen de los fondos.
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